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El Gobierno modificó el trámite para rehabilitar más de 21.800 pensiones por invalidez

Los titulares de pensiones tienen 60 días para presentar la documentación y solicitar la rehabilitación ante PAMI o la Secretaría Nacional de Discapacidad.

En medio de en un contexto sensible en torno al tema discapacidad y tras una larga crisis con este sector vulnerable de la sociedad, el Gobierno nacional modificó el procedimiento para solicitar la rehabilitación de las pensiones no contributivas por invalidez de más de 21.800 personas.

Los titulares alcanzados tendrán un plazo de 60 días corridos desde la notificación de la medida para pedir la recuperación de sus prestaciones y podrán presentar la documentación en las agencias y Unidades de Gestión Local (UGL) del PAMI habilitadas, que reemplazan a las oficinas de la ANSES como canal de atención presencial.

La medida fue dispuesta por la Secretaría Nacional de Discapacidad, dependiente del Ministerio de Salud, mediante una resolución que modifica los canales habilitados para recibir la documentación necesaria para solicitar la rehabilitación de las prestaciones. Y se da pocas horas después que el vocero presidencial Adrián Ravier buscara llevar tranquilidad al asegurar que sólo se busca contar con la información necesaria de los beneficiarios.

El procedimiento alcanza a las personas identificadas en el anexo de la Resolución 3695/26, que dejó sin efecto una resolución anterior de la ex Agencia Nacional de Discapacidad respecto de esos beneficiarios. La normativa establece que podrán solicitar la rehabilitación presentando documentación médica actualizada, renovando sus datos personales o aportando antecedentes que permitan acreditar su derecho.

Además de las agencias y UGL del PAMI habilitadas, las presentaciones podrán realizarse en las dependencias de atención de la Secretaría autorizadas para ese fin. También estarán disponibles el Formulario de Consultas del Ministerio de Salud, la plataforma Trámites a Distancia (TAD), mediante el trámite “Presentación de Documentación para Pensión Invalidez”, y el correo electrónico [email protected].

La documentación recibida será incorporada a las actuaciones administrativas y evaluada por las áreas competentes de la Secretaría Nacional de Discapacidad, que determinarán si corresponde rehabilitar cada prestación.

La resolución no modifica los requisitos para solicitar la rehabilitación, sino que reorganiza los canales de recepción de la documentación e incorpora al PAMI para facilitar las presentaciones presenciales.

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Fuente: Agencia DIB

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